Visto el expediente de indulto de don Angel Martínez Luján, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Cuenca, en sentencia de fecha 22 de marzo de 1994, revocatoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal de Cuenca de fecha 17 de noviembre de 1993, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 17 de noviembre de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de mayo de 1995,
Vengo en conmutar a don Angel Martínez Luján la pena privativa de libertad impuesta por la de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 12 de mayo de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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