Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Teltronic, Sociedad Anónima», con domicilio social en Zaragoza, Leopoldo Romeo, 18, CP 50002, esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al radioteléfono base/móvil VHF (Trunking) marca «Teltronic», modelo P-2500T-F1, con la inscripción E 97 95 0263, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 24 de abril de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Radioteléfono base/móvil VHF (Trunking).
Fabricado por: «Teltronic, Sociedad Anónima», en España.
Marca: «Teltronic».
Modelo: P-2500T-F1.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Orden de 30 de septiembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre), /
con la inscripción / E / 97 95 0263 /
y plazo de validez hasta el 30 de junio de 1997.
Advertencia:
Potencia máxima: 20 W.
Separación canales adyacentes: 12,5 KHz.
Modulación: Frecuencia.
Banda utilizable: 223-230,5 MHz.
La utilización de este equipo debe estar amparada por las correspondientes concesiones de dominio público radioeléctrico y del servicio.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado.
Madrid, 24 de abril de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
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