Contido non dispoñible en galego
Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de IBM España, con domicilio social en Madrid, Santa Hortensia, 26-28, código postal 28002,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al módem para RTC y circuitos alquilados, marca «IBM», modelo 7857-017 con la inscripción E 00 95 0294, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 24 de abril de 1995.-El Director general, Reinaldo Rodríguez Illera.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Módem para RTC y circuitos alquilados.
Fabricado por: IBM, en Estados Unidos.
Marca: «IBM».
Modelo: 7857-017.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 1532/1989, de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 19) y Real Decreto 376/1993, de 12 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril), /
con la inscripción / E / 00 95 0294 /
y plazo de validez hasta el 30 de abril del 2000.
Advertencia:
Este equipo incorpora V22, V22bis, V32 y V32bis para RTC y V22bis, V32 para circuitos alquilados.
Para el módem V32bis no se garantiza la interoperabilidad ni con los del mismo tipo ni con cualquier otro conectado a la red telefónica conmutada.
Y para que surta los efectos previstos en el punto 17 del artículo primero de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo 14.2 del Real Decreto 1066/1989.
Madrid, 24 de abril de 1995.-El Director general de Telecomunicaciones, Reinaldo Rodríguez Illera.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid