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Documento BOE-A-1995-14060

Orden de 18 de mayo de 1995 por la que se modifica la capacidad del centro privado de Bachillerato denominado «Liceo Villa Fontana», de Móstoles (Madrid), por ampliación de una unidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17336 a 17336 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-14060

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Fernando M. Bannazar, en su calidad de Director del centro docente privado de Bachillerato denominado «Liceo Villa Fontana», de Móstoles (Madrid), en solicitud de modificación de su autorización por ampliación de unidades,

Este Ministerio ha dispuesto conceder la ampliación de una unidad, con 40 puestos escolares, al centro que se relaciona a continuación, que queda configurado de la forma siguiente:

Provincia: Madrid.

Municipio: Móstoles.

Localidad: Móstoles.

Denominación: «Liceo Villa Fontana».

Domicilio: Calle Carlos V, número 27.

Titular: «Asesoría Didáctica, Sociedad Anónima».

Clasificación con carácter definitivo como Centro Homologado de Bachillerato con 19 unidades y 760 puestos escolares, modificándose las Ordenes de 28 de septiembre de 1990, de 15 de marzo de 1991 y 22 de octubre de 1993, en cuanto a la capacidad. Los nuevos datos se inscribirán en el Registro de Centros.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en cuanto a número de puestos escolares y relación máxima Profesor/alumnos por unidad escolar, a lo dispuesto en el citado Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio.

Asimismo, el centro deberá proceder a la sustitución de las enseñanzas a que se refiere esta Orden por las previstas en la disposición adicional octava 2.c) de la Ley Orgánica 1/1990, en la forma y plazos que se determinan en el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

El centro habrá de solicitar la oportuna revisión cuando haya variación de los datos que se especifican en la presente Orden, especialmente en cuanto a su capacidad, que no podrá sobrepasar sin nueva autorización.

Contra esta Orden podrá interponerse ante la Audiencia Nacional, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde su notificación, previa comunicación a este Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37-1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 18 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), la Directora general, Carmen Maestro Martín.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.

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