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Documento BOE-A-1995-14073

Resolución de 31 de mayo de 1995, del Centro de Estudios Constitucionales, por la que se convoca el curso de especialización en Derecho Constitucional y Ciencia Política 1995-1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17345 a 17346 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-14073

TEXTO ORIGINAL

Para dar cumplimiento a lo que establece el Real Decreto 1707/1980, de 24 de agosto y siguiendo la ya larga tradición con que cuenta el Centro de Estudios Constitucionales en la labor de impartir ciclos y cursos en materias relativas a Derecho Constitucional y Ciencia Política, la Dirección del Centro ha resuelto convocar el curso de especialización en Derecho Constitucional y Ciencia Política correspondiente al período académico de octubre de 1995 a junio de 1996, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Objeto.-Las enseñanzas tienen la finalidad de contribuir a la especialización de titulados universitarios superiores en las áreas del Derecho Constitucional y la Ciencia Política y, en general, en las materias relacionadas con los objetivos del centro.

Segunda. Estructura.-Las enseñanzas se impartirán a través de un ciclo anual, dividido en dos módulos:

a) El primer módulo se compondrá de seis seminarios de carácter general, impartidos cada uno de ellos en una sesión semanal a lo largo del primer trimestre del curso. Los alumnos deberán participar en cuatro seminarios, tres de libre elección y uno asignado por el centro y superar las pruebas correspondientes.

b) El segundo módulo, impartido en los trimestres segundo y tercero del curso, se estructurará a través de seminarios monográficos de duración semanal, cuya oferta se hará pública trimestralmente.

En cada trimestre los alumnos asistirán a un mínimo de un seminario cada mes hasta completar un total de cuatro seminarios, de los cuales uno será asignado por el centro y realizar un trabajo escrito en relación con uno de los seminarios en que hayan participado.

Para su aceptación los trabajos serán examinados por el Director del seminario o, en su caso, por el profesor designado al efecto por el Director del centro.

Al objeto de que el número de participantes en cada seminario resulte equilibrado y permita que su funcionamiento sea participativo, el centro podrá establecer una prelación entre las opciones formuladas en relación con los distintos seminarios de ambos módulos y a efectos de las memorias de investigación, con las distintas tutorías a que se refiere la base siguiente.

Tercera. Memoria de investigación.-Al final del curso los alumnos deberán presentar una memoria de investigación en relación con una de las áreas definidas en la base primera, que será realizada bajo la dirección de tutores, a quienes corresponderá su aprobación final.

Cuarta. Régimen académico.-La inasistencia a los seminarios y actividades del curso y el incumplimiento de las normas de régimen académico establecidas en desarrollo de la presente Resolución, así como la no presentación o la no aprobación de los trabajos trimestrales y la memoria de investigación y la no superación en dos o más seminarios de las pruebas establecidas en el apartado a) de la base segunda constituirán causas para la exclusión de la participación en el curso y, en su caso, para la no expedición del diploma.

Quinta. Solicitudes.-El curso está dirigido a titulados universitarios superiores que se encuentren en posesión del título correspondiente al finalizar el plazo de admisión de solicitudes fijado en la presente convocatoria.

Para participar en el curso, cuya matrícula es gratuita, los interesados deberán dirigir una instancia al Director del Centro de Estudios Constitucionales (plaza de la Marina Española, 9, 28071 Madrid), acompañada de un currículum académico y profesional y de la certificación académica de los estudios realizados con indicación de calificaciones y convocatorias, así como cartas de presentación de dos profesores universitarios y, en su caso, certificación de matrícula o aceptación en los programas de doctorado de las universidades con las que el centro haya suscrito convenio de cooperación a efectos de su valoración.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 15 de septiembre del presente año.

Sexta. Selección.-El número de alumnos que podrá seleccionarse para la participación regular en el curso será de 50.

Las solicitudes serán examinadas por un jurado designando por el Director del centro ante quien presentará la propuesta de selección. El jurado podrá acordar la realización de una prueba escrita y/o una entrevista personal a las que deberán someterse los candidatos preseleccionados al efectos. La prueba consistirá, en tal caso, en la redacción de un tema sobre Derecho Constitucional o Ciencia Política y en la traducción al castellano de un texto escrito en lengua extranjera.

Séptima. Resolución.-La Resolución del Director del centro que apruebe la propuesta de selección dará fin al procedimiento selectivo y será publicada en el tablón de anuncios del organismo, relacionándose en ella los candidatos admitidos así como aquellos a los que se conceda una de las becas indicadas en la base novena, entendiéndose desestimadas las demás solicitudes formuladas en relación con el presente concurso.

Octava. Participación en régimen singular.-En los seminarios del segundo módulo del curso se podrá admitir participantes en régimen singular cuando se acredite el interés y haya plazas disponibles o ello se produzca en virtud de un acuerdo de colaboración entre el centro y otros organismos e instituciones. Los interesados deberán dirigir instancia al Director del centro, solicitando un máximo de dos seminarios al trimestre.

A los asistentes en este régimen singular se expedirá certificado de participación en los distintos seminarios previa la presentación y aprobación de un trabajo monográfico en los términos de la base segunda de esta convocatoria.

Novena. Becas.-El Centro de Estudios Constitucionales podrá conceder un número máximo de 20 becas, dotadas con 50.000 pesetas mensuales, por el período de octubre de 1995 a junio de 1996 para alumnos seleccionados conforme a la base sexta que hubieran solicitado la ayuda económica, adjuntando a la solicitud una declaración jurada expresiva de su situación económica.

Los becarios que incumplan el régimen académico y los requisitos generales de la convocatoria perderán el derecho al disfrute de la beca y a la obtención del diploma.

Décima. Premios.-Al final del curso el Director del centro podrá convocar dos premios dotados con 75.000 pesetas cada uno para las dos mejores memorias presentadas en cumplimiento de la base tercera. El centro se reserva el derecho del publicación de las memorias premiadas en cualquiera de sus revistas o colecciones.

Undécima.-La participación en el curso implica la aceptación de las presentes bases y de las normas de régimen académico general que en su desarrollo dicte la Dirección del centro.

Madrid, 31 de mayo de 1995.-El Director, Luis Aguiar de Luque.

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