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Documento BOE-A-1995-14081

Orden de 25 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo 442/1993, promovido por don Ismael Domínguez Durán.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17348 a 17348 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-14081

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, con fecha 23 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 442/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Ismael Domínguez Durán, y, de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 2 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 3 de febrero de 1993, sobre baja en MUFACE.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que, estimando en parte el recurso formulado por don Ismael Domínguez Durán contra la resolución que se dice en el encabezamiento de esta sentencia, debemos anular y anulamos dicha resolución y, en su lugar, declaramos el derecho del actor a conservar el régimen especial de los funcionarios civiles del Estado sin solución de continuidad y con todos los derechos derivados de esta declaración; condenando a MUFACE a reponer al actor en aquella situación con abono de las cantidades que resulten en ejecución de sentencia conforme a las bases fijadas en el fundamento cuarto de esta sentencia. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 25 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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