Contido non dispoñible en galego

Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-14083

Orden de 25 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada, en grado de revisión, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso extraordinario de revisión número 973/1990, promovido por don Luis de Arechaga y Rodríguez Pascual.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17349 a 17349 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-14083

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en grado de revisión, con fecha 13 de marzo de 1993, en el recurso extraordinario de revisión número 973/90, promovido por don Luis de Arechaga y Rodríguez Pascual.

El citado recurso se promovió contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional con fecha 29 de marzo de 1990, sobre compatibilización de actividades.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos declarar, como en efecto declaramos, la improcedencia del recurso extraordinario de revisión promovido por la representación de don Luis de Arechaga y Rodríguez Pascual, Arquitecto superior al servicio de la Hacienda Pública, en su condición funcionarial, contra la sentencia firme pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en la Audiencia Nacional (Sección Tercera), con fecha 29 de marzo de 1990, que desestimó el recurso contencioso-administrativo por el mismo interpuesto frente a Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas de 13 de julio y 12 de noviembre de 1987, que le denegaron la autorización de compatibilidad entre su puesto de trabajo en la Delegación Especial de Hacienda de Badajoz y el ejercicio libre de la profesión de Arquitecto superior, a que las presentes actuaciones se contraen. En consecuencia, no damos lugar a la pretendida rescisión de la mencionada sentencia firme, que producirá su normal eficacia de cosa juzgada. Acordamos, asimismo, imponer las costas de este juicio al demandante, y la pérdida del depósito por éste constituido para acceder a este recurso extraordinario.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 25 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 25 de mayo de 1987, «Boletín Oficial del Estado» del 30), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

subir

Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid