La Sala de lo contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 28 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 534/95 (antes 229/93) en el que son partes, de una, como demandante doña María del Pilar Borrell Merlín y otros, y de otra, como demandada, la Administración general del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 12 de noviembre de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de fecha 16 de septiembre de 1992, sobre integración en el grupo B.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido:
Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Pilar Borrell Merlín y los demás mencionados en el encabezamiento de esta Resolución contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 12 de noviembre de 1992, de que se hizo suficiente mérito, por entender, que es conforme a Derecho.
Segundo.-Desestimar las demás pretensiones de los recurrentes.
Tercero.-No hacer especial pronunciamiento sobre las costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 25 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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