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Documento BOE-A-1995-14086

Orden de 25 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo 1.084/1991, promovido por don Eduardo Luengo García-Diego.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17350 a 17350 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-14086

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 13 de febrero de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.084/1991, en el que son partes, de una, como demandante, don Eduardo Luengo García-Diego, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del extinto Ministerio de Administración Territorial, de fecha 10 de junio de 1985, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del citado Departamento, de fecha 28 de enero de 1985, sobre sanción disciplinaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallo: Aceptamos la pretensión principal invocada por el Abogado del Estado, y, en su consecuencia, declaramos la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo número 03/1.084/1991, interpuesto por don Eduardo Luengo García-Diego, en impugnación de la Resolución de 10 de junio de 1985, del Ministerio de Administración Territorial, que desestimó el recurso de reposición contra la de 28 de enero del mismo año, que le impuso la sanción de destitución pura y simple del cargo de Interventor de Fondos del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid), por haberse presentado el escrito inicial del presente recurso fuera del plazo establecido, absolviendo a la Administración General del Estado demandada de las pretensiones contra ella deducidas en la demanda; sin condena en las costas causadas en el procedimiento.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 25 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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