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Documento BOE-A-1995-14089

Orden de 25 de mayo de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 2.022/1992, promovido por don Ramón Blanco Prol.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 1995, páginas 17351 a 17351 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-14089

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 3 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 2.022/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Ramón Blanco Prol, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 23 de julio de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de fecha 12 de mayo de 1992, sobre plazas para funcionarios de nuevo ingreso en el Cuerpo General Auxiliar.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Estimamos, parcialmente, el recurso jurisdiccional planteado en su propio nombre y derecho por don Ramón Blanco Prol y, en consecuencia, anulamos la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 12 de mayo de 1992, en cuanto se refiere a la adjudicación de destinos hecha en la misma a funcionarios de nuevo ingreso y no ofertados previamente a los funcionarios ya ingresados, así como la Resolución del propio Departamento de 23 de julio siguiente, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a aquella, por ser dichas resoluciones contrarias al ordenamiento jurídico.

Segundo.-Desestimamos las restantes pretensiones deducidas.

Tercero.-No hacemos imposición de las costas procesales.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo digo a VV. II.

Madrid, 25 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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