Este departamento, examinada la solicitud presentada por el «Banco Credipas, Sociedad Anónima», y en base a lo dispuesto en el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ha dictado la Resolución que a continuación se publica:
Se autoriza al «Banco Credipas, Sociedad Anónima», para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria, con sujeción a lo establecido en el artículo 78 y demás aplicables del Reglamento General de Recaudación y normativa de desarrollo, asignándole a tal efecto la autorización número 409.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto por el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante la Directora general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de junio de 1995.-El Director, Luis Pedroche y Rojo.
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