Visto el expediente promovido por don Benito Junoy García de Viedma, en representación de la titularidad de los centros concertados de Educación Especial, denominados «Nuevo Horizonte», sitos en calle Guadiana, número 38, de Pozuelo de Alarcón, y avenida de la Comunidad, sin número, de Las Rozas, respectivamente, en solicitud de modificación de la autorización concedida al centro sito en Las Rozas, por traslado, al mismo, de las unidades del centro sito en Pozuelo de Alarcón,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Autorizar el cese de actividades docentes del centro privado de Educación Especial denominado «Nuevo Horizonte», sito en la calle Guadiana, número 38, de Pozuelo de Alarcón (Madrid), a partir del curso académico 1995/1996.
Segundo.-Modificar la autorización concedida al centro cuyos datos se detallan a continuación:
Denominación: «Nuevo Horizonte». Localidad: Las Rozas. Municipio: Las Rozas. Provincia: Madrid. Domicilio: Avenida de la Comunidad de Madrid, sin número. Persona o entidad titular: Asociación Nuevo Horizonte.
La composición resultante del centro es la siguiente:
Tres unidades de Educación Especial para niños de seis a dieciséis años.
Tres unidades de Formación Profesional Especial, modalidad Aprendizaje de Tareas, rama Cuero profesión Marroquinería, rama Agraria profesión Jardinería y rama Cerámica profesión Modelado.
El centro deberá cumplir lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales.
El centro deberá cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE CPI/91, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo.
Tercero.-Autorizar la modificación del concierto educativo para el curso 1995/1996, suscrito con el centro «Nuevo Horizonte», sito en avenida de la Comunidad de Madrid, sin número, de Las Rozas (Madrid), para:
Tres unidades de Educación Especial, a las que se aplicarán los módulos económicos correspondientes a alumnos con problemas graves de personalidad o autismo.
Tres unidades de Formación Profesional Especial, a las que se aplicarán los módulos económicos correspondientes a alumnos con problemas graves de personalidad o autismo.
Cuarto.-Rescindir el concierto educativo suscrito con el centro privado de Educación Especial «Nuevo Horizonte», de Pozuelo de Alarcón (Madrid), al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.g) del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, quedando sin efectos desde inicios del curso 1995/1996.
Quinto.-1. La Dirección Provincial de Educación y Ciencia notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse el concierto en los términos que por la presente se acuerda.
2. El nuevo concierto educativo se firmará por el Director provincial de Educación y Ciencia de Madrid y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.
Contra esta Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que le comunico para su conocimiento.
Madrid, 19 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.
Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.
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