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Documento BOE-A-1995-15023

Orden de 26 de mayo de 1995 por la que se autoriza la impartición de las enseñanzas de grado elemental de Música al centro «Bela Bartok», de Palma de Mallorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 1995, páginas 18705 a 18705 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-15023

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Juan Antonio Enseñat Homar, titular del centro privado de grado elemental de Música en el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de grado elemental de Música al amparo de la disposición transitoria primera del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas;

Considerando que se cumple lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de Música. Denominación específica: «Bela Bartok». Titular: Don Juan Antonio Enseñat Homar. Domicilio: Calle Diana, 3. Localidad: Palma de Mallorca. Municipio: Palma de Mallorca. Provincia: Baleares. Enseñanzas que se autorizan: Grado elemental de Música. Piano, violín, viola, violoncello, flauta travesera, clarinete y guitarra. Número de puestos escolares: 85.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito a efectos administrativos al Conservatorio Profesional de Música de Palma de Mallorca.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de mayo de 1995.-P. D. (Orden de 26 octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Excmo. Sr. Secretario general de Educación e Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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