Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 2 de febrero de 1995, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 950/1992, promovido por la Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña, sobre Reglamento de la denominación «Cava» y de su Consejo regulador; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña, contra la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 14 de noviembre de 1991, por la que se aprueba el Reglamento de la denominación ''Cava'' y de su Consejo regulador, así como contra la Orden del mismo Ministerio de fecha 7 de septiembre de 1992, por la que se desestima el recurso de reposición contra la Orden mencionada; cuyos actos confirmamos por ser ajustados a Derecho, con todas las consecuencias inherentes a esta declaración. Sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 6 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Política Alimentaria.
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