El Ayuntamiento de Ambite, de la provincia de Madrid, inició expediente para la adopción de escudo heráldico y bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril citado, figurando los informes favorables a que se hace referencia en los mismos, tanto el informe de la Real Academia de la Historia como el de los Asesores de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Madrid propusieron modificaciones a la propuesta del Ayuntamiento referente al escudo.
Después de varios debates el Ayuntamiento de Ambite, por Acuerdo Plenario de 13 de junio de 1994, acepta las modificaciones propuestas en el informe de la Real Academia de la Historia.
En el Acuerdo del Consejo de Gobierno se definió la bandera según este último informe, por error, y no la propuesta inicial del Ayuntamiento.
En su virtud, de conformidad con el artículo 8.1.d) del Decreto de la Comunidad de Madrid 178/1987, de 15 de octubre, y el artículo 4 del Decreto 55/1991, de 22 de julio, a propuesta del Consejero de Cooperación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 16 de marzo de 1995, acuerda:
Primero.-Rectificar el párrafo segundo del Acuerdo de este Consejo de Gobierno de 17 de noviembre de 1994, relativo a la descripción de la bandera municipal de Ambite, de la provincia de Madrid, que quedará con la descripción siguiente: «Bandera rectangular, de proporciones 2:3, formada por una cruz blanca, con los cantones superiores del asta e inferior del batiente de color verde y azules los otros dos».
Segundo.-Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Ambite.
Tercero.-Proceder a la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de mayo de 1995.-El Secretario general técnico, Víctor M. Díez Millán.
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