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Documento BOE-A-1995-15268

Orden de 13 de junio de 1995 por la que se publica la relación de Institutos de Educación Secundaria que implantarán el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria el próximo curso 1995-1996, se abre el plazo para que los Maestros de los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria afectados puedan solicitar la adscripción a otros puestos de trabajo docentes y se modifica la plantilla de Maestros de algunos Institutos de Educación Secundaria que en años anteriores implantaron el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 1995, páginas 19052 a 19066 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-15268

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 15 de junio de 1994 se establecen los criterios y procedimientos a los que debe ajustarse la convocatoria para la redistribución y adscripción a otros puestos de trabajo docentes de los Maestros de los centros de Educación Secundaria Obligatoria, condicionándose la apertura del plazo de presentación de instancias a la circunstancia de que el Ministerio de Educación y Ciencia publique en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de los Institutos de Educación Secundaria que implantan el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria y la de centros de Educación Infantil y Primaria afectados según el ámbito de influencia de cada unos de aquellos.

Determinados los Institutos de Educación Secundaria que llevarán a efecto esa implantación anticipada, este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Publicar, anexo I, la relación de Institutos de Educación Secundaria que adelantan el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria el próximo curso 1995-1996. En este anexo se indica, a efectos de la redistribución y adscripción de Maestros, el ámbito de influencia del Instituto o Institutos de Educación Secundaria, los puestos de trabajo de cada uno de ellos y los centros de Educación Infantil y Primaria afectados.

Segundo.-El plazo de diez días hábiles para la presentación de instancias comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», debiendo los Directores provinciales de Educación y Ciencia dar cumplimiento a lo previsto en el punto 4, segundo párrafo, del número noveno de la Orden de 15 de junio de 1994.

Tercero.-Los Maestros de los centros de Educación Primaria afectados por la implantación del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria en el próximo curso 1995-1996, que tienen solicitado, al amparo de la Orden de 1 de junio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 9), adscripción a otro puesto del centro, podrán variar esa solicitud mediante la presentación, ante el Director del centro y en el plazo de diez días hábiles, indicado en el número anterior, de una nueva, utilizando el modelo anexo III a la Orden de 1 de junio de 1992. Esta nueva solicitud, que anula y deja sin efecto la anterior, es independiente de la que puede presentarse al amparo de la Orden de 15 de junio de 1994.

Cuarto.-Modificar la plantilla de Maestros de los Institutos que se relacionan en el anexo II, según se indica en el mismo.

Quinto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa y que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo y forma establecidos en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 13 de junio de 1995.-P. D. (Orden 2 de marzo de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Director general de Personal y Servicios, Gonzalo Junoy García de Viedma.

Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.

(ANEXOS OMITIDOS)

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