El Ayuntamiento de Villalbilla, de la provincia de Madrid, inició expediente para la adopción de Escudo Heráldico y Bandera Municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril citado, figurando los informes favorables a que se hace referencia en los mismos.
En su virtud, de conformidad con el artículo 8.1.d) del Decreto de la Comunidad de Madrid 178/1987, de 15 de octubre, y el artículo 4 del Decreto 55/1991, de 22 de julio, a propuesta del Consejero de Cooperación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 16 de marzo de 1995, acuerda:
Primero.-Aprobar el Escudo Heráldico de Villalbilla, de la provincia de Madrid, de conformidad con el expediente incoado por el Ayuntamiento y los informes a los que hace referencia el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, cuya descripción queda como sigue: «Escudo tajado. Primero de gules, iglesia de plata; segundo de plata, dos fajas ondeadas de azur. Al timbre Corona Real Española».
Segundo.-Aprobar la Bandera Municipal de Villalbilla, de la provincia de Madrid, con la descripción siguiente: «Bandera, de proporciones 2:3. Paño blanco con dos franjas onduladas horizontalmente de color azul, separadas de modo que queden por un ancho doble del que ocupan las franjas restantes. Triángulo rojo con base en el asta y el vértice opuesto, en el centro de la Bandera».
Tercero.-Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Villalbilla.
Cuarto.-Proceder a la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de mayo de 1995.-El Secretario general Técnico, Víctor M. Díez Millán.
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