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Documento BOE-A-1995-15581

Resolución de 18 de mayo de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, por la que se concede la aprobación de modelo de contador taquicronométrico denominado «Taxímetro», marca Nitax, modelo Nitax-95, fabricado por la entidad «Nitax, Sociedad Anónima», con registro de control metrológico número 16-1212.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 1995, páginas 19451 a 19451 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1995-15581

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la entidad «Nitax, Sociedad Anónima», con domicilio en calle Marqués de Zafra, 15, 28028 Madrid, en solicitud de aprobación de modelo de contador taquicronométrico denominado «Taxímetro», marca Nitax, modelo Nitax-95.

De acuerdo con el informe favorable extendido por el Centro Español de Metrología, una vez realizadas las pruebas correspondientes, y con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y el Real Decreto 1596/1982, de 18 de junio,

Esta Dirección General, en base a las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma de Madrid por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, ha resuelto:

Primero.-Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», a favor de la entidad «Nitax, Sociedad anónima», al modelo del contador taquicronométrico denominado «Taxímetro», marca «Nitax-95».

Segundo.-El signo de aprobación de modelo será:

1212 / 95002 16

95002

Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo, a que se refiere esta Resolución, llevarán las siguientes inscripciones de identificación:

Nombre y dirección del fabricante o su marca.

Designación del modelo del instrumento, su número y año de fabricación.

El signo de aprobación de modelo.

Su constante K.

Cuarto.-Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo.

Quinto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, la presente aprobación de modelo podrá ser prorrogada por períodos sucesivos, previa petición del titular de la misma.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, a partir de su recepción, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 18 de mayo de 1995.-El Director general de Industria, Energía y Minas, Luis de Alfonso de Molina.

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