Advertidos errores en el texto de la Resolución de 4 de mayo de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 134, de 6 de junio, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 16692, Fundamento de derecho número 3, línea 11, donde dice: «... pródigo. Pués bien, no puede presumirse la existencia de contraposición...», debe decir: «... pródigo.
Por lo demás, no puede presumirse la existencia de contraposición...»
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