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Documento BOE-A-1995-16038

Resolución de 6 de junio de 1995, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, sobre justiprecio de la finca número 1 afectada por las obras: «Nueva carretera, autopista Barcelona-Tarrasa. Tramo: Barcelona a tramo de enlace Barcelona-norte, Barcelona-sur, termino municipal de Montcada y Reixach».

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1995, páginas 20208 a 20209 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-16038

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de apelación número 2.817/1988, interpuesto ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de «Contratas, Obras y Manufacturas, Sociedad Anónima» (COYMSA), contra la sentencia de 25 de octubre de 1988 de la Audiencia Territorial de Barcelona en el recurso contencioso-administrativo número 35/1987, deducido contra los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Barcelona de 25 de octubre de 1986 y 10 de febrero de 1987, sobre justiprecio de la finca número 1 afectada por las obras: «Nueva carretera, autopista Barcelona-Tarrasa. Tramo: Barcelona a tramo de enlace Barcelona-norte, Barcelona-sur, término municipal de Montcada y Reixach»; se ha dictado sentencia en fecha 24 de junio de 1992, cuya parte dispositiva, literalmente, dice :

«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso de apelación número 2.817 del año 1988, interpuesto en nombre y representación de "Contratas, Obras y Manufacturas, Sociedad Anónima" (COYMSA) contra sentencia de la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo de la antes Audiencia Territorial de Barcelona de fecha 25 de octubre de 1988, recaída en el recurso número 35 del año 1987, siendo parte apelada la Administración representada por el señor Abogado del Estado, debemos revocar y revocamos dicha sentencia, en cuanto declaró la conformidad a Derecho de los acuerdos del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Barcelona de 21 de octubre de 1986 y 10 de febrero de 1987, que fijaron el justiprecio por retasación de la finca número 1, situada en el término municipal de Montcada y Reixach, afectada por el proyecto de la autopista Barcelona-Tarrasa, puntos kilométricos 0 al 22, acuerdos que anulamos en cuanto determinaron que el justiprecio del terreno expropiado para las obras de la precitada autopista y la indemnización de la servidumbre que la misma provocó sobre terrenos propiedad de COYMSA, vendría dado por el incremento de precios de consumo del conjunto nacional, desde septiembre de 1979 a julio de 1982, fijándolo en 11.692.578 pesetas, declarando en su lugar que tal justiprecio será el que resulte de aplicar al valor señalado al terreno expropiado y a la servidumbre de no edificación, por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Barcelona el 26 de septiembre de 1979, el incremento de precios de consumo del conjunto nacional habido desde enero de 1973 a julio de 1982, conforme al publicado por el Instituto Nacional de Estadística, incremento que se determinará en ejecución de sentencia; confirmando en lo demás la sentencia apelada, todo ello sin que proceda hacer una especial condena en costas.»

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 6 de junio de 1995.-El Subsecretario, Antonio Llardén Carratalá.

Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.

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