La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una sentencia el 17 de abril de 1993 en el recurso contencioso-administrativo número 5118/1991, interpuesto por doña Concepción Montes Luzón contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición planteado contra resolución del Ministerio de Economía y Hacienda relativa a la deducción de haberes por participación en huelga.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que estimando parcialmente la demanda formulada por Concepción Montes Luzón debemos anular los actos objeto de éste, retrotrayendo el expediente al momento de la deducción que habrá de practicarse conforme a lo recogido en el fundamento segundo de ésta. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 7 de junio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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