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Documento BOE-A-1995-16209

Resolución de 8 de junio de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 3.087/1994, interpuesto por doña María Dolores López-Fando y Castro.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 1995, páginas 20359 a 20359 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-16209

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 12 de diciembre de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 3.087/1994, interpuesto por doña María Dolores López-Fando y Castro, contra la Resolución de la Subsecretaría de Economía y Hacienda de 22 de enero de 1992 que desestimó el recurso de reposición planteado por la interesada contra el acuerdo de nombramiento de fecha 4 de julio de 1991 por la que se nombró Jefe de la Sección Técnica de Recaudación, nivel 24, en la Delegación de Hacienda de Sevilla.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Dolores López-Fando y Castro contra Resolución de 22 de enero de 1992 que desestimó el recurso de reposición formulado contra la Resolución de 4 de julio de 1991, que la reclasificó en el puesto de Jefe de Sección de Recaudación Técnica Primera, nivel 24, debemos confirmar y confirmamos dichas Resoluciones administrativas por ser conformes a Derecho, sin hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 8 de junio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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