La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia, el 18 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 3.259/1992, interpuesto por don Julio Silanes Baztán contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 6 de octubre de 1992, que denegó su solicitud de abono de las diferencias retributivas como consecuencia del reconocimiento de grado personal.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Fallamos: Desestimamos el recurso interpuesto por don Julio Silanes Baztán contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 6 de octubre de 1992, desestimatoria de la petición formulada el 27 de enero anterior, en reclamación de 112.601 pesetas, por diferencias de nivel, correspondientes a 1989 (47.200), 1990 (60.036) y 1991 (5.365); sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 8 de junio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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