La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dictado sentencia, con fecha 20 de abril de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 509/1993 en el que son partes, de una, como demandante, doña Ana Rodríguez Vera, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 4 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 2 de marzo de 1993, sobre ayuda para la adquisición de vivienda.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Ana Rodríguez Vera, contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 4 de junio de 1993, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra Resolución del Servicio Provincial de Cuenca de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de 2 de marzo de 1993, denegatoria de la solicitud de ayuda económica para adquisición de vivienda, debemos declarar y declaramos la nulidad de las resoluciones impugnadas, por no ser las mismas ajustadas a Derecho, así como de todas las actuaciones producidas desde la emisión del informe del Secretario general de la Dirección Provincial de Cuenca del Ministerio de Educación y Ciencia de 24 de febrero de 1993, retrotrayendo las actuaciones al momento de la emisión del mismo; todo ello sin costas.»
En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid 15 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid