Visto el expediente de indulto de doña Concepción Puchades Aliena, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valencia, en sentencia de fecha 15 de septiembre de 1994, como autora de un delito de estafa, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos los días 10 y 17 de mayo de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de junio de 1995,
Vengo en conmutar a doña Concepción Puchades Aliena la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por multa de 50.000 pesetas, a condición de que satisfaga la misma en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 9 de junio de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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