La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 13 de febrero de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 3.370/1994, interpuesto por doña María del Pilar Granadino López contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 14 de septiembre de 1992 que desestimó el recurso de reposición formulado contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la petición de abono de las diferencias retributivas como consecuencia del reconocimiento del grado personal, nivel 16.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Pilar Granadino López contra la Resolución de 14 de septiembre de 1992 que desestimó el recurso de reposición formulado contra la denegación presunta, por silencio administrativo, de la petición de abono de las diferencias retributivas, debemos confirmar y confirmamos dichas resoluciones administrativas por ser conformes a derecho, sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 13 de junio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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