En el recurso contencioso-administrativo número 1.015/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por don Angel del Cid Pol contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1991 y 28 de mayo de 1992, se ha dictado, con fecha 17 de diciembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre de don Angel del Cid Pol, contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial -Oficina Española de Marcas y Patentesde 5 de marzo de 1991, que denegó la inscripción de la marca número 1.299.487, denominativa "Jamones La Dehesa", para la clase 29 y los productos citados: "Jamones", a favor del recurrente, y contra la del mismo organismo de 28 de mayo de 1992, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la anterior, debemos declarar y declaramos no ser procedente la declaración de nulidad de las resoluciones impugnadas, por ser ajustadas a derecho, y, en consecuencia, que no hay lugar a la declaración de procedencia de la inscripción de la misma, a favor del recurrente, sin hacer imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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