En el recurso contencioso-administrativo número 4.457/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Parfums Caron, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de noviembre de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 26 de julio de 1993, se ha dictado, con fecha 30 de diciembre de 1994, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut en nombre y representación de "Parfums Caron, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de noviembre de 1991 -confirmada en reposición por nueva Resolución de 26 de julio de 1993, que también se impugna-, en virtud de la cual se concedió la inscripción de la marca nacional número 1.258.745 "Clarion" para distinguir productos de la clase 3.ª, por ser las citadas Resoluciones ajustadas a derecho. Sin hacer pronunciamiento en materia de costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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