Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de la denominada «Fundación Universidad-Empresa de Córdoba», instituida y domiciliada en Córdoba, en el campus agroalimentario científico-tecnológico de Rabanales.
Antecedentes de hecho
Primero.-La fundación fue constituida en escritura pública de fecha 10 de febrero de 1984, con número de protocolo 304, del Notario don José Manuel Rodríguez Poyo-Guerrero, y modificación por escritura de fecha 14 de febrero de 1995, con número de protocolo 364, del Notario don Paulino Angel Santos Polanco, ambos del ilustre Colegio de Sevilla, figurando como fundadores el excelentísimo señor don José Peña Martínez, Rector magnífico de la Universidad de Córdoba y otros.
Segundo.-Tendrá por objeto fundacional el establecimiento y desarrollo del diálogo y la comunicación entre la Universidad y la empresa, promoción y fomento de toda clase de estudios e investigaciones, publicar y editar libros acerca de los temas y cuestiones relacionadas con sus fines, organizar conferencias y reuniones, etc.
Tercero.-El patrimonio inicial de la fundación, según consta en la escritura de constitución, se eleva a 2.150.000 pesetas, y se encuentra depositada en entidad bancaria.
Cuarto.-Los beneficiarios serán los alumnos y Profesores de la Universidad de Córdoba, las empresas o personas que actúen en el ámbito territorial de esta provincia y que estén interesadas en los trabajos y fines de la fundación.
Quinto.-El gobierno, representación y administración de la fundación se confía a las siguientes personas físicas:
Presidente: Don José Luis Vilches Quesada.
Vicepresidente: Don Amador Jover Moyano.
Vocales: Don Rafael Vallejo Rodríguez, don Patricio Godino Sánchez, don Fernando Castro González de Canales, don José Calzado Teruel, don Miguel Castillejo Gorráiz, don Alfonso Castilla Rojas y don Ricardo López Crespo.
Aceptan todos sus respectivos cargos.
Vistos la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones; el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones; el Real Decreto 1762/1979, de 29 de junio, por el que se delimitan las competencias de los Ministerios de Educación, de Universidades e Investigación, y de Cultura en materia de fundaciones culturales privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el protectorado sobre las de esta clase.
Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones; el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y el contenido de su Carta Fundacional y sus Estatutos se ajustan a Derecho, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, la clasificación de sus fines como de promoción de actividades docentes y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados,
Esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia, resuelve:
Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, clasificar sus actividades como de promoción e inscribir como fundación docente privada en el correspondiente Registro a la fundación denominada «Fundación Universidad-Empresa de Córdoba», con domicilio en Córdoba, en el campus agroalimentario científico-tecnológico de Rabanales.
Segundo.-Aprobar sus Estatutos, el presupuesto de ingresos y gastos, y la Memoria de actividades para el primer ejercicio económico.
Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que se relacionan en el quinto antecedente de hecho de esta Resolución.
Sevilla, 18 de abril de 1995.-La Consejera, Inmaculada Romacho Romero.
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