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La base sexta de la Orden de 18 de mayo de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 24) dispone que las entidades que participen en la convocatoria a las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes someterán su documentación a una Comisión de valoración que comprobará y certificará su validez, y determinará la puntuación asignable según los criterios objetivos establecidos en el baremo descrito en la base séptima de la Orden de referencia.
Cumplidos los trámites establecidos, y puntuada la valoración previa establecida en la base quinta, procede dar publicidad a la presente Resolución que relaciona por un lado las asociaciones de inmigrantes y por otro las organizaciones no gubernamentales solicitantes según la puntuación alcanzada, de acuerdo con la base novena de la mencionada Orden, que establece que dicha propuesta se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Puntos
Relación de asociaciones de inmigrantes
Asociación Voluntariado de Madres Dominicanas (VOMADE) / 512
Asociación Cultural MALEVA / 264
Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes en España (ATIME) / 202
Asociación de los Inmigrantes Senegaleses en España (AISE) / 177
Asociación de Mujeres Latinoamericanas / 135
Asociación de Mujeres Dominicanas en España (AMDE) / 122
Federación de Organizaciones de Refugiados y Asilados en España (FEDORA) / 109
Asociación de Refugiados e Inmigrantes Peruanos en España (ARI-Perú) / 92
España-African's Social Unity (EASU) / 70
Proyecto Colombia: Paz, Democracia y Derechos Humanos / 56
Asociación Club Jama Kafo / 42
Plataforma Humanista de Apoyo a Guinea Ecuatorial. / 41
Asociación Cultural BUBI / 37
Asociación de Profesionales Dominicanos en España. / 29
Asociación de Emigrantes de la Zona Noroeste de Madrid (ARRIF) / 19
AMAL, de Premiá de Mar / Fuera de plazo.
Asociación PETRA / Fuera de plazo.
Centro Peruano de Barcelona / Fuera de plazo.
Sofía ASCIM / Fuera de plazo.
VOMADE, de Premiá de Mar / Fuera de plazo.
AL-AMAN / Perteneciente a una Federación.
AJI-ATIME / Perteneciente a una Federación.
FO-INTER / Perteneciente a una Federación.
Relación de organizaciones no gubernamentales
de apoyo al colectivo inmigrante
Asociación de Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI) / 312
Jóvenes contra la Intolerancia / 311
Confederación de Cáritas Española / 270
Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) / 269
Andalucía Acoge / 244
Federación de Mujeres Progresistas / 195
Federación de Asociaciones Pro-Inmigrantes / 184
Cruz Roja Española / 180
Confederación de Asociaciones de Vecinos (CAVE) / 148
Grups de Recerca i Actuació sobre Minories Culturals i Treballadors Estrangers (GRAMC) / 145
Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad (MPDL) / 142
Asociación Pro Derechos Humanos / 138
Onda Verde / 123
Instituto de Estudios Políticos para América Latina y Africa (IEPALA) / 89
Centro de Investigación, Promoción Iberoamérica/ Europa (CIPIE) / 76
Asociación para la Solidaridad Democrática con Guinea Ecuatorial (ASODEGUE) / 68
Asociación Mujeres Jóvenes / 61
Asociación de Mujeres Opañel / 55
Centro de Acción Social «San Rafael» / 54
Asociación de Promoción e Inserción Profesional (APIP) / 47
Fundación Paulino Torras Domenech / 34
CITE-Galicia / Fuera de plazo.
CITE-Barcelona / Fuera de plazo.
CITE-Valencia / Fuera de plazo.
CITE-Illes-Palma de Mallorca / Fuera de plazo.
SOS Racisme / Fuera de plazo.
Asociación Comisión Católica de Migración / Perteneciente a una Federación.
ACSAR / Perteneciente a una Federación.
CITE-Rioja / Perteneciente a una Federación.
CITE-Madrid / Perteneciente a una Federación.
CITE-Asturias / Perteneciente a una Federación.
CITE-Navarra / Perteneciente a una Federación.
Las entidades relacionadas podrán formular alegaciones ante la Dirección General de Migraciones en el plazo de quince días, según lo establece la mencionada base novena de la Orden de 18 de mayo de 1995.
Superado dicho plazo, la Ministra de Asuntos Sociales, mediante Orden, procederá a designar las asociaciones de inmigrantes y las organizaciones no gubernamentales de apoyo al colectivo inmigrante que formarán parte como vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. Dicha Orden pondrá fin a la vía administrativa y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de julio de 1995.-El Director general, Raimundo Aragón Bombín.
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