Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1, b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificado en su relación por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de Medidas de Reforma de la Función Pública, esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Segunda.-Los interesados dirigirán su solicitud al ilustrísimo señor Director general de Administración Penitenciaria, Subdirección General de Personal, calle Alcalá, número 38, 28071 Madrid.
Tercera.-Las solicitudes podrán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios o en los organismos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarta.-Los aspirantes acompañarán, junto con la solicitud, en la que harán constar sus datos personales y número de registro de personal, su «currículum vitae», en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
Madrid, 7 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 20 de julio de 1994), el Director general de Administración Penitenciaria, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
ANEXO I
Número de orden / Código del puesto / Centro directivo Denominación del puesto de trabajo / Número de puestos / Localidad / Grupo / Nivel C. D. / Complemento específico anual Pesetas / Descripción de funciones
302 Alicante Psiquiátrico:
1 / 0SU15 / Subdirector Régimen 1 / 1 / Font-Calent / A/B / 26 / 1.675.980 / (1)
703 Ibiza:
2 / 0DIR0 / Director / 1 / San José / A/B / 26 / 1.385.064 / (3)
1102 Jerez de la Frontera:
3 / 0SU10 / Subdirector Régimen 1 / 1 / Jerez de la Frontera / A/B / 24 / 1.068.924 / (1)
1105 Ceuta:
4 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Ceuta / A / 24 / 1.068.924 / (5)
1201 Castellón:
5 / 0ADM0 / Administrador / 1 / Castellón / A/B / 24 / 1.230.624 / (4)
6 / 0SU20 / Subdirector Régimen 2 / 1 / Castellón / A/B / 24 / 1.230.624 / (2)
2001 San Sebastián:
7 / 0ADM0 / Administrador / 1 / San Sebastián / A/B / 24 / 1.146.768 / (4)
2301 Jaén:
8 / 4SUM0 / Subdirector médico / 1 / Jaén / A / 24 / 1.352.616 / (6)
2851 Madrid I:
9 / 4SUM0 / Subdirector médico / 1 / Madrid / A / 24 / 1.352.616 / (6)
2902 Málaga:
10 / 4SUM0 / Subdirector médico / 1 / Alhaurín de la Torre / A / 24 / 1.352.616 / (6)
3002 Cartagena:
11 / 0DIR0 / Director / 1 / Cartagena / A/B / 26 / 1.597.692 / (3)
3101 Pamplona:
12 / 0SU10 / Subdirector Régimen 1 / 1 / Pamplona / A/B / 24 / 1.146.768 / (1)
13 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Pamplona / A / 24 / 1.146.768 / (5)
3702 Topas:
14 / 0DIR0 / Director / 1 / Topas / A/B / 26 / 2.615.808 / (3)
3803 Tenerife II:
15 / 0DIR0 / Director / 1 / El Rosario / A/B / 26 / 2.341.680 / (3)
3901 El Dueso:
16 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Santoña / A / 24 / 1.230.624 / (5)
4501 Ocaña I:
17 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Ocaña / A / 24 / 1.146.768 / (5)
4504 Ocaña II:
18 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Ocaña / A / 24 / 1.068.924 / (5)
4701 Valladolid:
19 / 0SU10 / Subdirector Régimen 1 / 1 / Villanubla / A/B / 24 / 1.230.624 / (1)
5006 Daroca:
20 / 5SUT0 / Subd. Jefe E.O.T. / 1 / Daroca / A / 24 / 1.352.616 / (5)
Total vacantes: 20.
ANEXO I BIS
Denominación del puesto / Descripción de funciones
(1) / Subdirector Régimen 1. / Las recogidas en el artículo 277 del Reglamento Penitenciario y todas aquellas obligaciones que resulten de las disposiciones e instrucciones que en materia de su competencia reciba de la Dirección del centro.
(2) / Subdirector Régimen 2. / Las recogidas en el artículo 277 del Reglamento Penitenciario y todas aquellas obligaciones que resulten de las disposiciones e instrucciones que en materia de su competencia reciba de la Dirección del centro.
(3) / Director. / Las recogidas en el artículo 276 del Reglamento Penitenciario y preceptos concordantes.
(4) / Administrador. / Las recogidas en el artículo 279 del Reglamento Penitenciario y preceptos concordantes.
(5) / Subdirector Jefe E.O.T. / Las recogidas en el artículo 278 del Reglamento Penitenciario y preceptos concordantes.
(6) / Subdirector médico. / Organización y distribución de las funciones que en materia sanitaria se encomienda al personal facultativo.
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