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Visto el expediente de indulto de don Antonio Sauceda Martínez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal de Mérida, en sentencia de fecha 12 de marzo de 1994, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 2 de mayo de 1993, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de junio de 1995,
Vengo en indultar a don Antonio Sauceda Martínez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de junio de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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