En el recurso contencioso-administrativo número 4/1.134/1993, interpuesto en nombre y representación del Arzobispado de Burgos, titular del centro de Educación Primaria/EGB «Nuestra Señora de la Asunción», de Burgos, contra la Orden de 13 de abril de 1993, por la que se disminuía en dos el número de unidades concertadas al centro «Nuestra Señora de la Asunción», la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 31 de enero de 1995, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal del Arzobispado de Burgos, titular del colegio de Educación Básica "Nuestra Señora de la Asunción", de Burgos, contra la Orden a que se contraen estas actuaciones, las que confirmamos por ser ajustadas a Derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración. Sin expresa imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 7 de junio de 1995, el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos, esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 27 de junio de 1995.-La Directora general, Carmen Maestro Martín.
Ilmo. Sr. Director provincial de Educación y Ciencia en Burgos.
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