Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 24 de febrero de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima),
en el recurso contencioso-administrativo número 256/93, promovido por doña María del Carmen Portas Ferrer, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria por silencio administrativo de la petición formulada sobre reconocimiento del coeficiente 4 e índice de proporcionalidad 10, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Carmen Portas Ferrer, contra los actos de órganos del Ministerio de Sanidad y Consumo que, a virtud de silencio, rechazaron su solicitud de que se le reconociera el índice de proporcionalidad 10, coeficiente 4, absolvemos a la Administración de los pedimentos de la demanda; sin condena en costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso- Administrativo.
Madrid, 26 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Jose Luis Temes Montes.
Ilmo. Sr. Director del Instituto de Salud Carlos III.
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