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Vista la instancia suscrita por el Notario de Soria don José Manuel de Domingo Serrano, en la que al amparo de los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial, solicita se le declare en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año,
Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas por el artículo 17 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957, y en el artículo 19, 2, de la Orden del Ministerio de Justicia e Interior, de 20 de julio de 1994, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento, el de esa Junta directiva y demás efectos.
Madrid, 6 de julio de 1995.-El Director general, Julio Burdiel Hernández.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Burgos.
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