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Documento BOE-A-1995-17798

Resolución de 8 de junio de 1995, del Departamento de Cultura, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 30 de mayo de 1995, de delimitación del entorno de protección del castillo de Begur.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 1995, páginas 22680 a 22680 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1995-17798

TEXTO ORIGINAL

Considerando que en fecha 30 de mayo de 1995 el Gobierno de la Generalidad de Cataluña delimitó el entorno de protección del castillo de Begur;

De acuerdo con lo que establece el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Que se publique íntegramente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» el acuerdo del Gobierno de 30 de mayo de 1995, de delimitación del entorno de protección del castillo de Begur.

Barcelona, 8 de junio de 1995.-El Consejero, Joan Guitart i Agell.

Acuerdo de 30 de mayo de 1995, del Gobierno de la Generalidad,

de delimitación del entorno de protección del castillo de Begur

Considerando que, en virtud de la disposición adicional primera.2, de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, el castillo de Begur (Baix Empordà) tiene la condición de bien cultural de interés nacional;

Visto que el Departamento de Cultura, por Resolución de 8 de septiembre de 1994 («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 1.952, del 26), incoó expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de Begur;

Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente, de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán;

Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalán;

A propuesta del Consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

Delimitar el entorno de protección del castillo de Begur, cuya justificación figura en el anexo de este acuerdo y que queda grafiado en el plano que se publicó en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 1.952, de 29 de septiembre de 1994, como anexo de la Resolución de 8 de septiembre de 1994, de incoación de expediente de delimitación del entorno de protección del castillo. Se hace constar expresamente que la protección de la presente delimitación de entorno se extiende también al subsuelo de toda la zona protegida.

ANEXO

Justificación del entorno de protección

La delimitación del entorno del castillo de Begur se ha definido atendiendo a criterios visuales, ambientales y de paisaje urbano.

En este caso, se ha valorado la importancia visual que tiene para el castillo el conjunto de la colina y la franja edificada del núcleo urbano que lo rodea.

Por esto se ha creído conveniente incluir las casas confrontadas a éste en las calles Castell, Metge Pí, Vera y Pericot, y también un sector correspondiente a la fachada que da a la carretera de circunvalación ya que aquellas parcelas aparecen en primer plano cuando se contempla el castillo desde la parte norte de la población.

Es por ello que se ha planteado un entorno de protección que incluye, además de la franja de la colina libre de edificación, todas las parcelas que ocupan la franja edificable más cercana al castillo en todo su alrededor.

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