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Visto el expediente de indulto de doña Ana María Blanco Casais, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 3 de diciembre de 1992, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 8 de julio de 1992, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de junio de 1995,
Vengo en conmutar a doña Ana María Blanco Casais la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 3 de julio de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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