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Documento BOE-A-1995-17853

Orden de 29 de junio de 1995 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 03/89/92, promovido por don José Alcalá Subirat.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 24 de julio de 1995, páginas 22714 a 22714 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-17853

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 31 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 03/89/92, en el que son partes, de una, como demandante, don José Alcalá Subirat, y de otra, como demandada, la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas sobre integración en la Escala de Guardas Rurales del IRA.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Que estimando el presente recurso número 89/92, interpuesto por la representación de don José Alcalá Subirat, contra la denegación presunta por el Ministerio para las Administraciones Públicas de la solicitud de integración formulada mediante escrito de 23 de febrero de 1990, anulamos dicho acto por ser contrario al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho del recurrente a su integración en la Escala a extinguir de Guardas Rurales del IRA con efectos de 1 de enero de 1978, debiendo abonarle la Administración las diferencias retributivas hasta su jubilación el 31 de octubre de 1979, así como las diferencias de cotización a la Seguridad Social, con la consiguiente revisión de la pensión de jubilación.

Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 29 de junio de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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