Según lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero; los artículos 7 y 8 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero, modificado por el Real Decreto 646/1986, de 21 de marzo, las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por la Orden de 23 de mayo de 1986, modificada por las Ordenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990, de 13 de julio de 1992 y de 10 de octubre de 1994, así como en los Reglamentos Técnicos de Control y Certificación correspondientes a las distintas especies, y teniendo en cuenta lo establecido en la Orden de 30 de noviembre de 1974 sobre delegación de la facultad de concesión de autorizaciones de productores de semillas con carácter provisional, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de transferencia de funciones a las Comunidades Autónomas, relativo a los informes preceptivos, y tras estudiar la documentación aportada y los informes presentados por las Comunidades Autónomas afectadas, he tenido a bien resolver:
Uno. Se anula la concesión del título de productor seleccionador de semilla de plantas forrajeras y pratenses y de plantas hortícolas a la entidad «Shell España, Sociedad Anónima», de Madrid.
Dos. Se anula la concesión del título de productor multiplicador de semilla de cereales a la entidad «Llavors Catalanes, Sociedad Anónima», de Huesca.
Tres. Se anula la concesión del título de productor seleccionador de semillas de cereales, de maíz y sorgo, de plantas oleaginosas, de plantas textiles y de leguminosas de grano a la entidad «Agrotécnica de Semillas, Sociedad Anónima» (AGROTECSA), de Láchar (Granada).
Cuatro. Se anula la concesión del título de productor seleccionador de semilla de cereales a la entidad «Arrocerías Herba, Sociedad Anónima», de Sevilla.
Cinco. Se anula la concesión del título de productor multiplicador de semilla de cereales a la entidad Jesús Rojo Villar (Semillas Jr.), de Grijota (Palencia).
Seis. Se anula la concesión del título de productor multiplicador de semilla de cereales a la entidad «Comercial Huergo, Sociedad Anónima», de Zaratán (Valladolid).
Disposición final.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de julio de 1995.-El Director general, Francisco Daniel Trueba Herranz.
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