En el recurso contencioso-administrativo número 1.044/1992, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Tercera, a instancia de don Luis Alfonso Martín Valverde y otros, contra la Administración del Estado sobre percepción de trienios con el coeficiente 2,6 en lugar del 1,7 por los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ha recaído sentencia de fecha 17 de marzo de 1995, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: Estimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.044/1992, interpuesto por los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en activo y jubilados, don Luis Alfonso Martín Valverde, don Sebastián Soria Lerma, don Juan Crespo Crespo y don Domingo Calvo Lorenzo, contra las desestimaciones presuntas, por silencio administrativo, de sus reclamaciones formuladas ante los Ministerios de Justicia y de Economía y Hacienda en fecha 29 de octubre de 1991, sobre actualización de trienios devengados por ellos y sus causantes en el extinguido Cuerpo de Auxiliares de Prisiones (después de Instituciones Penitenciarias), les sean actualizados y computados con el coeficiente 2,6, índice de proporcionalidad 6 (en vez del 1,7 que se les venía aplicando), con efectos retroactivos de cinco años a contar desde sus reclamaciones de 29 de octubre de 1991; todo ello sin expresa condena en las costas causadas en este proceso.»
En virtud de lo que antecede, esta Secretaría de Estado ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 6 de julio de 1995.-P. D., el Director general de Administración Penitenciaria, Martín Alberto Barciela Rodríguez.
Sr. Subdirector general de Personal.
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