Por Orden de 15 de junio de 1995 se dispuso el cumplimiento de la sentencia de 14 de marzo de 1995 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 42/1994, interpuesto por don Carlos Sahagún Beltrán contra la Orden de 15 de julio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 28), cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos:
Primero.-Que estimamos parcialmente el presente recurso número 3/42/1994, interpuesto por don Carlos Sahagún Beltrán, Catedrático numerario de Institutos de Bachillerato, contra las resoluciones del Ministerio de Educación y Ciencia de 15 de julio de 1992, y desestimatoria presunta por silencio administrativo, descritas en el primero de los antecedentes de hecho, por considerarlas no ajustadas al ordenamiento jurídico, declarando su modificación en cuanto a la puntuación que se otorgó al recurrente de 124 puntos en el concurso de traslados de la Orden de 10 de diciembre de 1991, incrementándose con la que corresponda al tiempo en que permaneció en el Cuerpo de Inspectores de Enseñanza Media, y si con ello supera al adjudicatario de la plaza discutida de Profesor en el Instituto "Cervantes", de Madrid, de 126,27 puntos le sea concedida al interesado, con los efectos administrativos y económicos de la resolución que se modifica por esta sentencia.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
Esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de julio de 1995.-El Director general, Gonzalo Junoy García de Viedma.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Gestión de Personal de Enseñanzas Medias.
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