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Documento BOE-A-1995-18208

Resolución de 30 de junio de 1995, de la Dirección General de Industria, por la que se reconoce la conformidad con las exigencias establecidas en la Orden de 14 de mayo de 1986 del Ministerio de Industria y Energía, de los aparatos sanitarios cerámicos provenientes de Portugal, fabricados por las empresas Indusa y Valadares cuando tal circunstancia este certificada por el Instituto Portugués da Qualidade (IPQ).

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1995, páginas 22996 a 22996 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-18208

TEXTO ORIGINAL

A los efectos procedentes, este centro directivo ha acordado publicar la resolución siguiente:

El Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 89/106/CEE, establece, en su artículo 9.2, un procedimiento especial que hace posible, en ausencia de las correspondientes especificaciones técnicas europeas armonizadas, la comercialización y utilización en territorio español de productos de construcción provenientes de otros Estados miembros de la Unión Europea.

En aplicación de tal procedimiento, las autoridades del Estado de Portugal han propuesto al Instituto Portugués da Qualidade como organismo autorizado para certificar la conformidad de los aparatos sanitarios cerámicos fabricados por las empresas Indusa y Valadares en dicho Estado, con relación a las exigencias de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de mayo de 1986, por la que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los aparatos sanitarios cerámicos para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos para su homologación por el Ministerio de Industria y Energía («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio).

Una vez realizado y concluido el oportuno intercambio de información, analizadas las circunstancias que concurren y en virtud de lo establecido en el párrafo 2 del artículo 9 del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, ya mencionado, resuelvo:

Primero.-Reconocer que los aparatos sanitarios cerámicos provenientes del Estado de Portugal, fabricados por las empresas Indusa y Valadares, son conformes con las exigencias establecidas en la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de mayo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio), para la homologación de los aparatos sanitarios cerámicos que se utilizan en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos, cuando hayan superado los ensayos e inspecciones correspondientes, efectuados ambos de acuerdo con los métodos establecidos en la mencionada Orden, y que tal circunstancia esté certificada por el Instituto Portugués da Qualidade, organismo autorizado a este efecto por las autoridades de aquel Estado.

Segundo.-Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente Resolución para general conocimiento y, en particular, el de las Administraciones competentes, a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 9 del Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción, en aplicación de la Directiva 89/106/CEE.

Madrid, 30 de junio de 1995.-El Director general, José Delgado González.

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