Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 8 de marzo de 1995 por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 4/283/1994, promovido por doña María del Valle Domínguez Andújar, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria de la solicitud de las ayudas sociales previstas en el Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María del Valle Domínguez Andújar, contra la resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, dictada por delegación de 24 de enero de 1994, que denegó a la interesada las ayudas solicitadas al amparo del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por ser dicha resolución, en los extremos examinados, conformes a Derecho.
Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 3 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilmo. Sr. Director general de Servicios e Informática.
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