Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-18264

Orden de 18 de julio de 1995 por la que se modifican diversos ficheros automatizados gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1995, páginas 23026 a 23026 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1995-18264
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/07/18/(1)

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 22 de julio de 1994 se establecieron y regularon los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Ministerio de Asuntos Exteriores, dando así cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional segunda, apartado 2, de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

Entre los ficheros regulados por dicha norma figuran los concertientes a las becas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, denominados BECAS-ICI, BECAS-ICMA y BECAS-ICD, gestionados por los tres Institutos en que en ese momento se estructuraba el Organismo Autónomo Agencia Española de Cooperación Internacional.

La modificación producida en la estructura orgánica de la Agencia Española de Cooperación Internacional por el Real Decreto 2492/1994, de 23 de diciembre, hace necesario modificar los citados ficheros.

Por otra parte, el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 5/1992, exige que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas se haga por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

En consecuencia, con el fin de cumplir con el mandato legal establecido en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 5/1992, y de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos, dispongo:

Primero.-Los ficheros automatizados BECAS-ICI, BECAS-ICMA y BECAS-ICD, gestionados por la Agencia Española de Cooperación Internacional se modifican en la forma prevista en esta Orden.

Segundo.-1. El fichero BECAS-ICI mantiene su denominación modificándose las características que se indican a continuación:

«Organo responsable: Dirección General del Instituto de Cooperación Iberoamericana.

Unidad ante la que los interesados podrán ejerce los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicio de Becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación Iberoamericana.»

2. El fichero BECAS-ICMA pasa a denominarse BECAS-ICMA.M.PD.1. Se trata de una base de datos de gestión de becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondiente a solicitudes de los países árabes y mediterráneos.

Se modifican las características que se indican a continuación:

«La finalidad y usos previstos son gestión de las convocatorias de becas del Instituto de Cooperación en el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondientes a solicitudes de los países árabes y mediterráneos. Previsión presupuestaria. Selección de candidatos por diversos criterios. Gestión del abono de las becas. Control de becarios. Estudios y estadísticas internas.

Las personas cuyos datos constan en este fichero son los solicitantes de becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondientes a los países árabes y mediterráneos.

Organo responsable: Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo.

Unidad ante la que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Servicio de Becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo.»

3. El fichero BECAS-ICD pasa a denominarse BECAS-ICMA.M.PD.2. Se trata de una base de datos de gestión de becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondientes a solicitudes de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

Se modifican las características que se indican a continuación:

«La finalidad y usos previstos son gestión de las convocatorias de becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondientes a solicitudes de los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía. Selección de candidatos por diversos criterios. Previsión presupuestaria. Gestión del abono de las becas. Control de becarios. Estudios y estadísticas internas.

Las personas cuyos datos constan en este fichero son los solicitantes de becas de la Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, correspondientes a los países de Africa Occidental, Central, Oriental, Austral, Asia y Oceanía.

Organo responsable: Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo.

Unidad ante la que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Colegio Mayor, "Nuestra Señora de Africa",

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 18 de julio de 1995.

SOLANA MADARIAGA

Ilmo. Sr. Subsecretario.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/07/1995
  • Fecha de publicación: 28/07/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 29/07/1995
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado de la Orden de 22 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17540).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18.1 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre (Ref. BOE-A-1992-24189).
Materias
  • Agencia Española de Cooperación Internacional
  • Dirección General del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe Mediterráneo y Países en Desarrollo
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Asuntos Exteriores

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid