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Documento BOE-A-1995-18442

Decreto 108/1995, de 8 de junio, por el que se delimita el entorno de protección de bien de interés cultural el jardín histórico «El Bosque», en Béjar (Salamanca).

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 1995, páginas 23374 a 23374 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-18442

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General del Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 26 de julio de 1993 incoó expediente para delimitar el entorno de protección del bien de interés cultural jardín histórico «El Bosque» en Béjar, Salamanca.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimiento en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho entorno de protección, y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de desarrollo parcial de la citada Ley; Decreto 273/1994, de 1 de diciembre, sobre competencias y procedimiento en materia de patrimonio histórico en la Comunidad de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 8 de junio de 1995, dispongo:

Artículo 1.

Se delimita el entorno de protección del bien de interés cultural «El Bosque», en Béjar, Salamanca, declarado jardín artístico por Decreto de 11 de enero de 1946.

Artículo 2.

El entorno de protección afectado por la declaración está constituido por las parcelas denominadas «Monte del Bosque», «Prado Alto del Bosque» y «Prado Bajo del Bosque», con los límites siguientes:

El Monte del Bosque.-Linda: Al norte, con «El Prado Bajo del Bosque», «Prado Alto del Bosque» y «Jardín del Bosque»; al sur, con el Tomillar, propiedad del Ayuntamiento de Béjar y camino de enmedio; al este, con tierras del término municipal de Palomares, y al oeste, con la zona denominada hoy del «Monte Mario».

Prado Alto del Bosque.-Linda: Al norte, con el camino de La Calleja de Palomares; al sur, con el «Monte del Bosque»; al este, con tierras del término municipal de Palomares, y al oeste, con el «Jardín del Bosque».

Prado Bajo del Bosque.-Linda: Al norte, con el camino de La Calleja de Palomares; al sur, con el «Monte del Bosque»; al oeste, con antiguos prados de la Justa, cruzados por la carretera nacional de Cáceres a Salamanca, y al este, con el «Jardín del Bosque».

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone a fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de su pubicación.

Valladolid, 8 de junio de 1995.-El Presidente, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Cultura y Turismo, Emilio Zapatero Villalonga.

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