Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 22 de marzo de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo número 5/1994, promovido por don Juan Carlos Acedo Macías, contra resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo número 5 de 1994, interpuesto por don Juan Carlos Acedo Macías, vecino de Badajoz, contra las resoluciones que se reseñan en el Fundamento Primero, las cuales, por ser conformes a Derecho, mantenemos y confirmamos, sin hacer expresa declaración sobre el pago de las costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo. Madrid, 11 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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