En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Carreras Cervigón, en nombre y representación de doña Luz Marina Ramírez Hernández, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administración de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 25 de enero de 1995, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Luz Marina Ramírez Hernández, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Ministro de Justicia, de 5 de noviembre de 1991, que desestimó la reclamación de indemnización a cargo del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia, conforme con el ordenamiento jurídico.
Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 15 de junio de 1995.-P. D., el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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