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Documento BOE-A-1995-18943

Orden de 7 de julio de 1995 por la que se modifica la Orden de 22 de abril de 1994 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica «Centro de Estudios A. T.», de Gijón (Asturias), procediendo a especificar los ciclos formativos concretos de la familia profesional de «Administración e Informática de Gestión».

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 7 de agosto de 1995, páginas 24416 a 24416 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-18943

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de don Arsenio Toral Prieto como titular del Centro de formación profesional específica «Centro de Estudios A. T.», en solicitud de especificación de enseñanzas autorizadas de dicho centro, sito en la calle Saavedra, número 7, de Gijón (Asturias),

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.º3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la Orden de 22 de abril de 1994 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de formación profesional específica «Centro de Estudios A. T.», procediendo a especificar los ciclos formativos concretos de la familia profesional de «Administración e Informática de Gestión» que el centro desea impartir, quedando configurado de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: «Centro de Estudios A. T.».

Domicilio: Calle Saavedra, número 7.

Localidad: Gijón.

Municipio: Gijón.

Provincia: Asturias.

Titular: Arsenio Toral Prieto.

Enseñanzas que se autorizan:

Técnico Superior en Secretariado:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Numero de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Administración y Finanzas:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Numero de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Numero de puestos escolares: 30.

Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos:

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Numero de puestos escolares: 30.

Segundo.-Provisionalmente, en tanto no se implanten las nuevas enseñanzas autorizadas, el centro podrá impartir las siguientes enseñanzas:

Formación Profesional de segundo Grado:

Rama Administrativa y Comercial, especialidad Informática de Gestión.

Tercero.-Con carácter previo a la implantación de los distintos ciclos formativos, la Dirección Provincial del Departamento en Asturias deberá comprobar que las titulaciones y el equipamiento que se acompañan como anexo a la presente Orden se adecuan a las enseñanzas que el mismo imparte.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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