La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 24 de abril de 1995 en el recurso contencioso-administrativo número 3.369/94, interpuesto por don Felipe Ignacio Hermoso Miranda contra la resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que desestimó el recurso de reposición planteado por el interesado contra otra de 21 de febrero de 1992, que le impuso la sanción de suspensión de funciones de tres días por falta grave.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Felipe Ignacio Hermoso Miranda, contra las resoluciones impugnadas a las que la demanda se contrae, que anulamos por su disconformidad a derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta. Sin costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 17 de julio de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.
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