En el recurso contencioso-administrativo número 552/1993, interpuesto por don Vicente López Cebrián, contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional el 6 de marzo de 1989 en el recurso contencioso-administrativo número 55.650, sobre cancelación de permiso de investigación, se ha dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 19 de mayo de 1995, en grado de apelación, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el presente recurso de apelación número 552/1993 y, en consecuencia, confirmamos la sentencia recurrida. Y sin costas. Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgado, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
En su virtud, este Ministerio de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de julio de 1995.-P. D. (Orden de 19 de mayo de 1995, «Boletín Oficial del Estado» de 26 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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